domingo, 15 de octubre de 2017

Causales de ilegalidad de la huelga





Causales de ilegalidad de la huelga

Son causales de ilegalidad de la huelga, los siguientes:
  • Cuando se trate de un servicio público y este cumpla con las previsiones legales y constitucionales para ser calificado como tal por el Legislador.
  • Cuando persiga fines distintos de los profesionales o económicos, que es el objeto fundamental de la suspensión colectiva de labores, pero con la acotación efectuada por la Corte Constitucional en el sentido de que dentro de este caso no deben excluirse
“(…) las luchas tendientes a obtener logros sociales, económicos y sectoriales que incidan de manera directa y próxima en el ejercicio de la actividad respectiva” y por tanto, se deberá tener en cuenta que es viable la huelga atinente a la expresión de posiciones políticas sociales, económicas o sectoriales directamente relacionadas con la actividad, ocupación, oficio o profesión correspondiente.  (Sentencia de Constitucionalidad nº 858/08 de Corte Constitucional, 3 de Noviembre de 2008)
  • Cuando no se haya cumplido previamente el procedimiento de arreglo directo del conflicto.
  • Cuando no se haya declarado la huelga con el quórum especial de la asamblea general de los trabajadores exigido en la ley.
  • Cuando se produce antes de los dos días o después de diez días hábiles a la declaratoria de huelga.
  • Cuando no se limita a la suspensión pacífica del trabajo.
  • Cuando se promueva con el propósito de exigir a las autoridades la ejecución de algún acto reservado a la determinación de ellas.